La sociedad en nombre colectivo, es donde se unen dos o mas personas, con el objetivo de hacer el comercio bajo una razón social.
La razón social, esta compuesta por todos los nombres de los socios, o de alguno de ellos, empleados para designar a la sociedad como un ser jurídico distinto de sus componentes, es decir, que cuando en la razón social no se muestran los nombres de todos los socios, a los demás se les denomina como "compañía", sin embargo no dejan de tener los mismos derechos y obligaciones que los socios que están registrados en la misma.
Ejemplo:
Una sociedad en nombre colectivo integrada por tres socios; Mota, Olivares, Coronado, puede adoptar como razón social cualquiera de las siguientes maneras, Mota, Olivares & Coronado; Mota & Olivares; Coronado & Olivares, entre otros.
ART. 231: EL QUE NO SEA SOCIO PERO QUE LE INCLUYAN SU NOMBRE EN LA RAZON SOCIAL, ES SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES CON LA COMPAÑIA
ResponderEliminarART. 230: TODO SOCIO CUYO NOMBRE ESTE INCLUIDO EN LA RAZON SOCIAL, TIENE DERECHO A TRATAR POR LA COMPAÑIA Y OBLIGARLA.
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